miércoles, 28 de julio de 2010

CONVOCATORIA DE LA UE PARA ACTIVIDADES CULTURALES

La Comisión Europea acaba de publicar en el Diario Oficial de la Unión Europea de hoy una convocatoria de propuestas dentro del Programa Cultura (2007-2013) destinado a la Aplicación de las acciones del programa: proyectos plurianuales de cooperación; acciones de cooperación; acciones especiales (terceros países); y apoyo a organismos activos a escala europea en el ámbito El objetivo del Programa Cultura consiste en impulsar un espacio cultural compartido por los europeos y basado en una herencia cultural común, mediante el desarrollo de acciones de cooperación entre operadores culturales de los países participantes, con el fin de favorecer el surgimiento de una ciudadanía europea.
La presente convocatoria cubre los siguientes capítulos del Programa Cultura:
  1. Apoyo a acciones de cooperación cultural (capítulos 1.1, 1.2.1 y 1.3.5), que presta apoyo a organizaciones culturales para el desarrollo de proyectos de cooperación transfronterizos y para la creación y ejecución de actividades artísticas y culturales. El objetivo principal de este capítulo es ayudar a organismos, como por ejemplo teatros, museos, asociaciones profesionales, centros de investigación, universidades, instituciones culturales y autoridades públicas de diferentes países que participan en el Programa Cultura, con objeto de que cooperen con vistas a que diferentes sectores puedan trabajar en común ampliando su proyección artística y cultural más allá de las fronteras nacionales. Este capítulo se divide en varias categorías: Capítulo 1.1) Proyectos plurianuales de cooperación (con una duración de entre tres y cinco años); Capítulo 1.2.1) Proyectos de cooperación (con una duración máxima de 24 meses); Capítulo 1.3.5) Acciones especiales de cooperación con países terceros (con una duración máxima de 24 meses)
  2. Acciones de traducción literaria (con una duración máxima de 24 meses) (capítulo 1.2.2)
    Este capítulo se refiere a la subvención de proyectos de traducción. El apoyo de la Unión Europea a la traducción literaria pretende mejorar el conocimiento de la literatura y del patrimonio literario entre los ciudadanos europeos, favoreciendo la difusión de las obras literarias entre los diversos países.
  3. Subvención a los festivales culturales europeos (proyectos cuya duración podrá ser de hasta 12 meses, o acuerdos de asociación de 3 años) (capítulo 1.3.6). Este capítulo tiene por objeto el apoyo a festivales de ámbito europeo que contribuyan a la realización de los objetivos generales del Programa (es decir, la movilidad de los profesionales, la circulación de las obras y el diálogo intercultural).
  4. Apoyo a organismos activos a escala europea en el ámbito cultural (Capítulo 2) (subvenciones de funcionamiento de una duración de 12 meses o acuerdos de asociación de 3 años)
  5. Proyectos de cooperación entre organismos participantes en el análisis de las políticas culturales (cuya duración podrá ser de hasta 12 meses) (capítulo 3.2). Esta categoría tiene por objeto el apoyo a proyectos de cooperación entre organizaciones públicas o privadas (servicios culturales de las autoridades nacionales, regionales o locales, fundaciones u observatorios culturales, departamentos de universidades especializadas en asuntos culturales, organizaciones profesionales y redes) que poseen una experiencia directa y práctica en materia de análisis, estimación o evaluación del impacto de las políticas culturales en el ámbito local, regional, nacional y/o europeo, en relación con al menos uno de los tres objetivos de la Agenda europea de la cultura

El Programa está abierto a la participación de todas las categorías de actores culturales, a condición de que las organizaciones concernidas ejerzan las actividades culturales sin ánimo de lucro. Las empresas y actividades culturales del sector audiovisual (incluidos los festivales de cine), ya cubiertos por el programa MEDIA, no podrán presentarse al Programa Cultura. No obstante, los organismos cuya actividad principal tenga lugar en el sector audiovisual y que ejerzan esta actividad sin ánimo de lucro podrán presentarse en virtud del capítulo 2 del Programa Cultura, categoría «Redes», dado que no existe una ayuda comparable en el marco del Programa MEDIA. Los candidatos deberán: a) Organismos públicos o privados que tengan personalidad jurídica y cuya actividad principal esté situada en el ámbito de la cultura (sector cultural y sector de la creación); y b) Tener su sede social en uno de los países seleccionables. Las personas físicas no podrán solicitar una subvención con cargo a este programa.

Más información en la web de la Dirección General de Educación y Cultura (http://ec.europa.eu/culture/index_en.htm) o en la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural (http://eacea.ec.europa.eu/culture/index_en.htmES )

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