viernes, 10 de diciembre de 2010

LA UE ACOGE FAVORABLEMENTE EL ACUERDO DE CANCÚN

La Unión Europea se felicita por los resultados positivos de la Conferencia de Cancún sobre el clima. El paquete equilibrado y sustancial de decisiones, adoptado hoy y conocido como Acuerdo de Cancún, representa un paso importante más hacia un marco de referencia global y jurídicamente vinculante para la acción por el clima después de 2012.
Connie Hedegaard, Comisaria Europea de Acción por el Clima ha declarado: «La UE ha venido a Cancún para obtener un paquete sustancial de decisiones pragmáticas y para mantener vivas las negociaciones internacionales sobre el cambio climático. Hemos contribuido a producir los resultados fructíferos que el mundo esperaba y reclamaba; no obstante, las dos semanas transcurridas en Cancún han demostrado una vez más la complejidad y dificultad del proceso. Cada uno de nosotros debe ser consciente del largo y difícil camino que nos espera hasta alcanzar el objetivo de un marco de referencia global jurídicamente vinculante».
A su vez, Joke Schauvliege, Ministro flamenco de Medio Ambiente, Naturaleza y Cultura, que representa a la Presidencia belga del Consejo de la Unión Europea en Cancún, ha declarado: «La UE ha trabajado sin descanso para construir un puente en Cancún, pero sin dejar de manifestar sus posiciones. La UE ha informado de forma transparente acerca de los progresos realizados a través de la movilización de 7 200 millones de euros de financiación rápida destinados al período 2010-2012, lo que continuaremos haciendo sobre una base anual. Asimismo, felicitamos a la Presidencia mexicana, que ha conducido una Conferencia ejemplar».
El Acuerdo de Cancún se basa en las decisiones adoptadas hace un año en Copenhague y también define los procesos para seguir avanzando en el futuro. Representa un compromiso bien equilibrado entre los diversos intereses que coexisten en el seno del sistema de las Naciones Unidas. El paquete comprende los siguientes elementos principales:
  • por vez primera un documento de las Naciones Unidas reconoce la necesidad de mantener el calentamiento global por debajo de 2°C respecto de la temperatura de la era preindustrial y establece un proceso para definir una fecha de pico máximo para las emisiones mundiales con un objetivo de reducción de aquí a 2050;
  • los esfuerzos en términos de emisiones de los países desarrollados y en vías de desarrollo se han integrado en el proceso de las Naciones Unidas y se ha instituido un proceso para contribuir a clarificarlos; además el texto reconoce la necesidad de intensificar los esfuerzos mundiales de atenuación para respetar el límite de 2°C;
  • un acuerdo sobre el inicio de un proceso para reforzar la transparencia de las acciones encaminadas a reducir o limitar las emisiones, con el fin de llevar a cabo un seguimiento más eficaz de los progresos alcanzados;
  • confirmación del objetivo de los países desarrollados de destinar, de aquí a 2020, 100 000 millones de dólares anuales a financiar acciones por el clima en los países en vías de desarrollo, junto con la creación de un Fondo ecológico para el clima que canalizará una parte importante de la financiación;
  • un acuerdo sobre el marco de adaptación de Cancún para reforzar la acción de adaptación al cambio climático;
  • establecimiento de un mecanismo «REDD+» que contribuirá a la iniciativa destinada a reducir las emisiones causadas por la deforestación y degradación de los boques en los países en vías de desarrollo;
  • un acuerdo relativo a la conveniencia de establecer nuevos mecanismos para el mercado del carbono que no se limiten a un sistema basado en proyectos;
  • institución de un mecanismo tecnológico, que comprende un comité ejecutivo tecnológico y un centro y una red de tecnología para el clima, a fin de promover el desarrollo y la transferencia de tecnología;
  • establecimiento de un proceso transparente para revisar la adecuación del objetivo de mantener el calentamiento global por debajo de 2°C, sin perder de vista el objetivo de 1,5°C, que deberá alcanzarse de aquí a 2015;
  • prórroga de un año de las tareas de los grupos de trabajo ad hoc bajo la égida de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y del Protocolo de Kioto, dejando abierta la forma jurídica de un eventual resultado de las negociaciones.
Fuente: Servicio de Prensa de la UE (Rapid)

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