1. Definición, contexto histórico y procedimientos ¿Qué es el Marco Financiero Plurianual? El Marco Financiero Plurianual traduce en términos financieros las prioridades políticas de la Unión para un período mínimo de 5 años. En el art. 312 del Tratado de Lisboa se establece que el MFP queda establecido en un Reglamento adoptado por unanimidad por el Consejo previa aprobación (adopta o rechaza la totalidad, sin enmiendas) del Parlamento Europeo. El MFP establece los importes máximos (límites máximos) anuales de los gastos de la UE en su conjunto y para las principales categorías de gasto (rúbricas). El MFP no está tan detallado como un presupuesto anual. ¿Por qué necesitamos un Marco Financiero Plurianual? Al establecer los techos de gasto por categoría de gastos, el MFP impone una disciplina presupuestaria y garantiza que los gastos de la Unión Europea evolucionan de manera ordenada dentro de los límites de sus recursos propios y en línea con los objetivos de la política de la Unión. Además, este sistema garantiza la incorporación previsible de recursos para las prioridades a largo plazo de la Unión y confiere mayor seguridad a los beneficiarios de los fondos de la UE, como, por ejemplo, las PYME, las regiones que acortan distancias, los estudiantes, los investigadores, las organizaciones de la sociedad civil, etc. El MFP establece la base del procedimiento presupuestario anual. Facilita considerablemente llegar a un acuerdo sobre el presupuesto anual entre el Parlamento Europeo y el Consejo, que son las dos ramas de la Autoridad Presupuestaria de la Unión. Al mismo tiempo, garantiza la continuidad hacia la consecución de las prioridades establecidas en beneficio de la UE. El Marco Financiero establece asimismo cualesquiera otras disposiciones necesarias para el buen desarrollo del procedimiento presupuestario anual. ¿Se ha organizado siempre el presupuesto a través de marcos plurianuales? El MFP forma parte del funcionamiento de la Unión Europea desde 1988 y ha abarcado períodos que van de 5 a 7 años. - El primer Marco Financiero, el llamado paquete Delors I, se refería al período 1988-1992 y se centró en establecer el mercado interior y consolidar el Programa Marco Plurianual de Investigación y Desarrollo.
- El segundo Marco, de 1993-1999, denominado paquete Delors II, dio prioridad a la política social y de cohesión y a la introducción del euro.
- La «Agenda 2000» abarcó el período 2000-2006 y se centró en la ampliación de la Unión.
- Por último, el MFP 2007-2013 dio prioridad al crecimiento sostenible y a la competitividad, con el fin de crear más empleo.
- El próximo MFP presentará las prioridades presupuestarias de la Unión para el período 2014 a 2020.
¿Cómo afecta la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en 2009 al MFP 2014-2020? Antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el MFP era el resultado de un acuerdo interinstitucional. El art. 312 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea también otorga un valor jurídicamente vinculante al MFP para determinar «los importes de los límites máximos anuales de créditos para compromisos, por categoría de gastos, y del límite máximo anual de créditos para pagos». Además, en virtud del nuevo Tratado, la decisión sobre el MFP debe ser adoptada por el Consejo, que se pronuncia por unanimidad previa aprobación del Parlamento. ¿Por qué debe acordarse el Marco Financiero a más tardar en 2012? Se tarda entre 12 y 18 meses en llegar a un acuerdo sobre las bases jurídicas de todos los programas y proyectos plurianuales que se financian dentro del MFP, en ámbitos tales como la investigación, la educación, la cohesión, la ayuda al desarrollo, la política de vecindad, etc. Con el fin de que estos programas puedan ponerse en marcha en enero de 2014, debe adoptarse un acuerdo político sobre el límite máximo del MFP en un plazo no superior a un año y medio antes de la entrada en vigor del Marco. Además, el acuerdo político debe plasmarse en un Reglamento del Consejo que requiere la aprobación del Parlamento Europeo. ¿Qué sucederá si no hay acuerdo? Si no hay acuerdo antes del final de 2013, los límites máximos de 2013 se prorrogarán a 2014, más un 2% de ajuste en concepto de inflación. El Tratado también prevé la prórroga de las «demás provisiones» correspondientes al último año del Marco Financiero. Ello significa que se prorrogarían todas las disposiciones sobre los ajustes y revisiones del Marco Financiero y los instrumentos al margen de dicho Marco. Tanto si hay acuerdo sobre el próximo MFP como si no lo hay, habrá límites máximos del Marco Financiero en vigor para 2014, por lo que podrá adoptarse el presupuesto de conformidad con el Tratado. Si no se acuerda un Marco Financiero para 2014-20, se complicará considerablemente la adopción de nuevos programas, y, si no hay nuevas bases jurídicas, incluidas sus dotaciones financieras indicativas, podrán adoptarse compromisos para los programas plurianuales de gasto cuya base jurídica expira en 2013. De este modo, al igual que en el caso de un acuerdo tardío, el presupuesto de 2014 solo sufragaría los pagos agrícolas y los pagos relativos a los compromisos pendientes. En otras palabras, los ciudadanos que se benefician de fondos de la UE, como, por ejemplo, los investigadores, los estudiantes, las organizaciones de la sociedad civil, resultarían muy perjudicados. 2. Novedades en la parte de gastos del MFP Novedades para la Política Agrícola Común (PAC) La Comisión propone asignar un 36,2% del MFP a la PAC, frente a un 39,4% en el ejercicio anterior (y 41,5% en 2013). Se mantiene la estructura básica de dos pilares de la Política Agrícola Común (PAC). Las principales modificaciones propuestas por la Comisión son las siguientes: Elemento ecológico de los pagos directos: para garantizar que la PAC ayuda a la UE a cumplir sus objetivos en materia de medio ambiente y acción por el clima, el 30% de las ayudas directas se supeditarán al elemento ecológico. Ello significa que todos los agricultores deben llevar a cabo prácticas de apoyo al medio ambiente que se definirán en la legislación y que serán verificables. El efecto consistirá en orientar significativamente al sector agrícola en una dirección más sostenible, de modo que los agricultores reciban ayudas para suministrar bienes públicos a sus conciudadanos. Convergencia de los pagos: los niveles de ayuda directa por hectárea se irán adaptando progresivamente (teniendo en cuenta al mismo tiempo las diferencias que aún existen en los niveles salariales y los costes de los factores de producción), a fin de asegurar una distribución más equitativa de los pagos directos. La asignación de los fondos de desarrollo rural se revisarán sobre la base de criterios más objetivos y se orientarán mejor a los objetivos de la política. Ello garantizará un trato más equitativo de los agricultores que realizan las mismas actividades. Para evitar una reducción de la renta de los agricultores, la Comisión propondrá a los Estados miembros, si así lo desean, que mantengan el actual nivel nominal de financiación a través de transferencias del segundo pilar al primer pilar. Fijación de un límite máximo de los pagos directos limitando el nivel básico de la ayuda directa a la renta que pueden recibir las grandes explotaciones agrícolas, teniendo en cuenta las economías de escala de las grandes estructuras y el empleo directo que crean dichas estructuras. La Comisión propone que los ahorros se reciclen en la asignación presupuestaria para el desarrollo rural y se mantengan en las dotaciones nacionales de los Estados miembros de los que sean originarios. La Comisión propone asignar 281.800 millones de euros para el Pilar I de la Política Agrícola Común y 89.000 millones de euros para el desarrollo rural para el período 2014-2020. Esta financiación se complementará con una cantidad adicional de 15.200 millones de euros. Novedades para la Política de Cohesión La Comisión propone asignar un 36,7% del MFP a la política de cohesión, frente a un 35% en el ejercicio anterior. Las principales modificaciones propuestas por la Comisión son las siguientes: - La propuesta prevé la creación de una categoría de regiones intermedias cuyo PIB se sitúe entre el 75% y el 90% de la media de la UE. Esta nueva categoría complementará las dos ya existentes («regiones de convergencia» y «regiones de competitividad»). Tales «regiones en transición» deberán conservar dos tercios de sus anteriores asignaciones para el próximo período del MFP. Se ayudará de modo prioritario a las regiones y los Estados miembros más pobres de la Unión Europea para que puedan ponerse al nivel de los Estados miembros más prósperos.
- Introducción de la condicionalidad en la política de cohesión: se basará en los resultados y los incentivos para llevar a cabo las reformas necesarias para garantizar el uso efectivo de los recursos financieros. Además, el 5% del presupuesto destinado a la cohesión para cada Estado miembro se constituirá como reserva de buen rendimiento y se asignará, tras una revisión intermedia, a aquellos Estados miembros cuyos programas hayan contribuido más a los progresos hacia el cumplimiento de los objetivos fijados en los contratos de asociación de desarrollo e inversión.
- La Comisión propone la creación de un marco estratégico común para todos los Fondos Estructurales para traducir los objetivos de Europa 2020 en prioridades de inversiones. En términos operativos, la Comisión propone celebrar contratos de asociación con cada Estado miembro. Estos contratos establecerán el compromiso de los socios a nivel nacional y regional para la utilización de los fondos asignados para la aplicación de la Estrategia Europa 2020.
- El Fondo Social Europeo (FSE) seguirá desempeñando un papel clave en la lucha contra el desempleo y los elevados índices de pobreza y en el logro de los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020. El FSE representará el 25% del presupuesto asignado a la política de cohesión, es decir, 84.000 millones de euros.
- La Comisión propone asignar 376.000 millones de euros a los instrumentos de la política de cohesión en general (incluido el Instrumento de Interconexión de Europa).
Novedades para las infraestructuras y la interconexión del mercado interior La Comisión propone la creación de un Instrumento de Interconexión para Europa para acelerar el desarrollo de las infraestructuras de transporte, energía y TIC en el conjunto de la UE en beneficio de todos. La experiencia demuestra que los presupuestos nacionales nunca darán suficiente prioridad a las inversiones transfronterizas plurinacionales, de modo que se dote al mercado único de la infraestructura que necesita. El presupuesto de la UE puede aportar financiación para proyectos paneuropeos que conecten el centro y la periferia. Este instrumento se gestionará de forma centralizada y se financiarán con cargo a una nueva sección del presupuesto. Las tasas de cofinanciación con cargo al presupuesto de la UE serán más elevadas cuando las inversiones se produzcan en regiones de convergencia que en «regiones de competitividad». Las infraestructuras locales y regionales se enlazarán con las infraestructuras prioritarias de la UE, con lo que se conectará a todos los ciudadanos en toda la UE, y podrán ser (co)financiadas por los Fondos Estructurales (Fondo de Cohesión y/o FEDER, en función de la situación de cada Estado miembro/región). El Instrumento de Interconexión para Europa ofrece oportunidades para utilizar herramientas financieras innovadoras con el fin de acelerar y garantizar mayores inversiones que solo pueden conseguirse mediante financiación pública. La Comisión continuará trabajando estrechamente con el BEI y otros bancos públicos de inversiones para combinar la financiación de estos proyectos. En particular, la Comisión fomentará la utilización de bonos de proyectos de la UE1, como medio de hacer avanzar la realización de estos proyectos importantes. La Comisión propone asignar 40.000 millones de euros a esta prioridad, que será complementada con 10.000 millones de euros adicionales reservados para inversiones ligadas a los transportes dentro del Fondo de Cohesión. Este importe incluye 9.100 millones de euros para el sector de la energía, 31.600 millones de euros para el sector del transporte (incluidos 10.000 millones de euros dentro del Fondo de Cohesión) y 9.100 millones de euros para las TIC. Novedades para la Política de Investigación Se creará un marco estratégico común en el ámbito de la investigación y el desarrollo (denominado Horizonte 2020), de modo que se agruparán los tres instrumentos actuales de investigación e innovación (7º Programa Marco, Programa Marco de Innovación y Competitividad e Instituto Europeo de Innovación y Tecnología). Estará vinculado estrechamente con las prioridades de las políticas sectoriales clave tales como la salud, la seguridad alimentaria y la bioeconomía, la energía y el cambio climático. El Instituto Europeo de Tecnología formará parte del programa Horizonte 2020 y desempeñará un papel importante en la integración de los tres vértices del triángulo del conocimiento (educación, innovación e investigación) a través de sus comunidades de conocimiento e innovación. En cuanto a la financiación, los instrumentos financieros innovadores contribuirán a la movilización de inversiones privadas. Se fomentarán las asociaciones público-privadas, así como a las asociaciones público-públicas. Se normalizarán y simplificarán los regímenes de financiación. Del mismo modo, habrá una única serie de normas para la participación, la auditoría, las estructuras de apoyo, la difusión de los resultados y los sistemas de reembolso en todos los regímenes de financiación. La Comisión propone asignar 80.000 millones de euros para el período 2014-2020 para el Marco Estratégico Común para la Investigación y la Innovación. Esta financiación se complementará con una ayuda sustancial de los Fondos Estructurales (60.000 millones de euros para 2007-2013). Novedades para las políticas de medio ambiente y de acción por el clima Las prioridades de las políticas de medio ambiente y de acción por el clima se integrarán en todos los instrumentos principales de financiación de la UE, incluidas la cohesión, la agricultura, la pesca marítima, la investigación y la innovación, así como en los programas de ayuda exterior. La Comisión se propone aumentar la proporción de gastos relacionados con el clima al 20% como mínimo, quedando supeditadas las contribuciones procedentes de distintas políticas a las pruebas de evaluación del impacto. Este enfoque permitirá maximizar las sinergias entre las políticas de medio ambiente y otras áreas, reconociendo que las mismas acciones pueden, y deben, perseguir una serie de objetivos complementarios. Este enfoque contribuirá también a evitar una proliferación de programas y minimizar la carga administrativa. Además de la integración de la política de medio ambiente, la Comisión propone la continuación de un programa medioambiental específico como sucesor del actual programa LIFE+. La Comisión considera que el futuro programa debe seguir siendo gestionado de forma centralizada, pero que las tareas de gestión deberían delegarse en gran medida a una agencia ejecutiva existente, como la Agencia Ejecutiva de Competitividad e Innovación. La Comisión propone asignar para 2014-2020 una cantidad de 3.200 millones de euros para el programa LIFE+ (800 millones para el clima y 2.400 millones para el medio ambiente). Novedades para la educación y la formación Se prevé una simplificación de la estructura actual en un único programa principal a fin de evitar la fragmentación, los solapamientos y/o la proliferación de proyectos que no tengan la masa crítica necesaria para un impacto duradero. El programa Nueva Educación para Europa incluirá tres prioridades clave. En primer lugar, se apoyará la movilidad del aprendizaje transnacional; unas condiciones estrictas de calidad para la movilidad y la concentración en objetivos políticos clave para los cuales es posible alcanzar una masa crítica y la complementariedad con otros programas de la UE serán fundamentales para garantizar un valor añadido europeo muy alto. En segundo lugar, se fomentará la cooperación entre los centros de enseñanza y el mundo del trabajo a fin de fomentar la modernización de la educación, la innovación y el espíritu empresarial. En tercer lugar, se proporcionará apoyo para reunir pruebas de la eficacia de las inversiones en educación y ayudar a los Estados miembros a aplicar políticas eficaces. La Comisión propone asignar 15.200 millones de euros al sector de la educación y la formación. Esta financiación se complementará con un apoyo sustancial de los Fondos Estructurales (72.500 millones de euros para 2007-2013). Novedades para los desafíos de la migración y los asuntos de interior La Comisión propone reducir el número de programas a dos: el Fondo de Migraciones y Asilo y el Fondo de Seguridad Interior. Ambos Fondos tendrán una dimensión exterior para garantizar la continuidad de la financiación, empezando en la UE y siguiendo en terceros países (por ejemplo, en relación con el reasentamiento de refugiados, la readmisión y los programas de protección regional). Con ello se simplificarán los instrumentos de gasto y se garantizará la correcta creación de un espacio sin fronteras internas, en el que los ciudadanos de la UE y los nacionales de terceros países con derechos legales de entrada y residencia puedan entrar, circular, vivir y trabajar. La Comisión prevé también el paso de la programación anual a una programación plurianual basada en los resultados, con lo que se reducirá la carga de trabajo para la Comisión, los Estados miembros y los beneficiarios finales. La Comisión propone asignar 8.200 millones de euros para 2014-2020 en el ámbito de los asuntos de interior. Novedades para la ampliación, la política de vecindad y las relaciones exteriores Cabe señalar varios cambios importantes: - Se propone un único instrumento integrado de preadhesión como pilar financiero de la estrategia de ampliación que engloba todas las dimensiones de las políticas internas y cuestiones temáticas. Se ejecutará mediante programas multibeneficiarios/nacionales acordados con los beneficiarios y reflejará los Fondos Estructurales, el Fondo de Cohesión y el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
- El Instrumento Europeo de Vecindad (IEV) será el instrumento financiero mediante el cual se prestará la mayor parte de la ayuda de la UE a los países vecinos. Prestará apoyo a la Política Europea de Vecindad y a las asociaciones bilaterales (incluidos los acuerdos de asociación bilaterales). Además del IEV, los países socios se beneficiarán también de otros instrumentos, como la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos, el Instrumento de Cooperación en materia de Seguridad Nuclear o los instrumentos de respuesta a situaciones de crisis (ayuda humanitaria, ayuda macrofinanciera, Instrumento de Estabilidad). El Mecanismo de Inversión de la Política de Vecindad, que seguirá contando con el apoyo del IEV, constituirá también una herramienta flexible y eficaz de apoyo a la inversión en países socios en los ámbitos del transporte y las interconexiones energéticas, el medio ambiente y el cambio climático y el desarrollo económico.
- La Comisión propone suspender la financiación de los programas en los países industrializados y los países emergentes y, en su lugar, crear un nuevo instrumento de asociación para apoyar la diplomacia pública, los enfoques comunes, la promoción del comercio y la convergencia reglamentaria en los casos en que la financiación pueda contribuir al refuerzo de las asociaciones de la UE en todo el mundo. Ello refleja los cambios que se están produciendo actualmente a nivel internacional.
- Además, la propuesta prevé la creación de un instrumento panafricano para apoyar la aplicación de la estrategia conjunta África-Europa, centrándose en el valor añadido de las actividades transregionales y continentales. Dicho instrumento será lo suficientemente flexible como para aunar las contribuciones de los Estados miembros de la UE, los Estados africanos, las instituciones financieras y el sector privado.
La Comisión propone asignar 70.000 millones de euros para el período 2014-2020 para los instrumentos exteriores tradicionales. Ello se complementará mediante financiación, con cargo al presupuesto y al MFP, a favor del Fondo Europeo de Desarrollo (29.900 millones de euros). 3. Financiación y recursos propios ¿De dónde procede el dinero? La Unión Europea dispone de tres tipos de recursos propios para financiar sus gastos: - Recursos propios tradicionales (derechos agrícolas, cotizaciones en el sector del azúcar y derechos de aduana),
- Recurso propio basado en el IVA (una parte de la recaudación en concepto de IVA obtenida por los Estados miembros a nivel nacional),
- Recurso propio basado en la RNB (las «contribuciones nacionales» establecidas sobre la base de la RNB de cada Estado miembro).
En 2011, el 76% de los ingresos del presupuesto de la UE procederá de los recursos basados en la RNB, el 12%, de los derechos de aduana y de las cotizaciones en el sector del azúcar; y el 11%, del recurso basado en el IVA. El 1% restante procede de los impuestos pagados por el personal de la UE y de otras fuentes diversas, tales como las multas impuestas a las empresas que violan las normas de competencia u otra legislación, y los fondos no gastados en ejercicios anteriores. ¿Por qué se proponen nuevos recursos propios? Porque el actual sistema presenta una serie de inconvenientes y es opaco y complejo. Es percibido como injusto por la mayoría de los Estados miembros, en particular por lo que respecta a las correcciones, de las que el cheque británico es la más conocida. Sin embargo, es menos conocido que Alemania, los Países Bajos, Austria y Suecia han obtenido excepciones a la financiación de la corrección británica (un «descuento sobre el descuento»). Estos mismos países se benefician de una contribución IVA inferior, y los Países Bajos y Suecia han obtenido además una reducción en sus contribuciones nacionales basadas en la RNB nacional. La financiación actual se basa además excesivamente en las contribuciones nacionales. Para muchos Estados, éstos gastos deben reducirse al mínimo y deben dar pie a contrapartidas a nivel nacional. Por último, con excepción de los derechos de aduana resultantes de la Unión Aduanera, los recursos existentes no reflejan una relación clara con las políticas de la UE. El objetivo de esta propuesta es, por lo tanto, disminuir las contribuciones nacionales y, con ello, contribuir a los esfuerzos de saneamiento presupuestario en los Estados miembros; crear un vínculo entre los objetivos de la política de la UE y la financiación de la UE; y que el sistema sea más transparente y más justo. No se trata de incrementar el presupuesto de la UE. ¿Se ha modificado la financiación del presupuesto de la UE con anterioridad? Desde 1970 se han adoptado seis decisiones sobre recursos propios. En realidad, la estructura de la financiación ha evolucionado considerablemente con el tiempo. Las reformas relativas a los gastos han ido acompañadas en general de reformas sobre la manera en que la Unión es financiada. La contribución basada en la renta nacional bruta (RNB), es decir, proporcional a la riqueza de cada Estado miembro, ha adquirido una importancia creciente y ahora representa tres cuartas partes del presupuesto. Al mismo tiempo, se han ido introduciendo con los años un gran número de correcciones complejas y disposiciones especiales, tanto en el capítulo de ingresos como en el de gastos del presupuesto. El resultado de estas modificaciones es que las negociaciones presupuestarias se han visto recientemente muy influidas por la insistencia de los Estados miembros sobre la noción de posiciones netas (debate sobre el «juste retour» –la justa compensación), de ahí la preferencia concedida a los instrumentos con dotaciones financieras preasignados geográficamente, más que a los de mayor valor añadido para la UE. ¿Quién toma las decisiones sobre los recursos propios? El Consejo adopta una decisión por unanimidad, previa consulta al Parlamento Europeo. Para su entrada en vigor, esa decisión debe ser ratificada por todos los Estados miembros de conformidad con sus respectivas normas constitucionales (art. 311 del Tratado). ¿Cuáles serían los nuevos recursos? Las modificaciones propuestas por la Comisión son las siguientes: - simplificar la contribución de los Estados miembros poniendo fin, a partir de 2014, al complejo recurso propio basado en el IVA, lo que facilitará un sistema de contribuciones más simple y más transparente.
- introducir dos nuevos recursos propios: un impuesto sobre las transacciones financieras (ITF) y un IVA modernizado. Ello facilitará el saneamiento presupuestario en los Estados miembros reduciendo sus contribuciones al presupuesto de la UE, dando un nuevo impulso al desarrollo del mercado interior en los ámbitos del IVA y la fiscalidad del sector financiero.
- reformar los mecanismos de corrección existentes, sustituyendo todas las correcciones por un sistema simple y transparente de importes a tanto alzado ligados a la prosperidad de los Estados miembros.
Las presentes propuestas de la Comisión utilizan plenamente las posibilidades ofrecidas por el Tratado de Lisboa para establecer nuevas categorías de recursos propios o suprimir las existentes. El informe sobre el funcionamiento del sistema de recursos propios pone de relieve cómo cada una de estas propuestas se relaciona con las otras y las complementa. ¿Por qué suprimir el recurso IVA? La Comisión propone eliminar la complejidad del recurso propio basado en el IVA. Comparado con el recurso propio RNB, el actual recurso propio basado en el IVA tiene poco valor añadido. Con el fin de crear una base impositiva comparable, las contribuciones en concepto de IVA deben ser el resultado de un cálculo matemático en vez de pasar directamente de los ciudadanos a la UE. Además, este tipo de contribuciones son niveladas en proporción a la RNB y así, en parte, comparables a las contribuciones basadas en la RNB. Tal como se presenta actualmente, el recurso propio basado en el IVA contribuye a la complejidad y a la opacidad del sistema de financiación del presupuesto de la UE. ¿Por qué optar por una fiscalidad del sector financiero y un IVA a nivel de la UE? El análisis de los diferentes recursos propios potenciales dio lugar a un importante trabajo técnico. Se destacaron los siguientes elementos clave: - Imposición a nivel de la UE de las transacciones financieras: esta fórmula podría ofrecer a los Gobiernos nacionales un margen de maniobra adicional y contribuir al esfuerzo general de saneamiento presupuestario. Este tipo de imposición existe a escala nacional en algunos Estados miembros. No obstante, la actuación a nivel de la UE podría resultar más eficaz y más eficiente y contribuir a reducir la actual fragmentación del mercado interior. La Comisión presentará esta propuesta después del verano.
- IVA modernizado: este impuesto establecerá un vínculo real entre el IVA nacional y el IVA de la UE y reforzará la armonización de los regímenes nacionales del IVA. Aportará a la Unión Europea ingresos estables por un importe apreciable cuyos gastos administrativos y de conformidad serían limitados para las administraciones nacionales y las empresas. Se encuadra además en una iniciativa reciente y más amplia puesta en marcha por la Comisión en diciembre de 2010, con la publicación del Libro Verde sobre el futuro del IVA, que tiene por objeto reducir el alcance de las distorsiones debidas a la fiscalidad en el mercado interior. La ampliación de la base imponible, la reducción del nivel de fraude, la mejora de la administración del impuesto y la reducción de los gastos de conformidad, así como la cooperación administrativa en el contexto de una amplia reforma del IVA, podrían tener resultados significativos y generar nuevos flujos de ingresos para los Estados miembros y para la UE.
¿Qué nivel de ingresos cabe esperar de estos nuevos recursos propios? Se considera que, de aquí a 2020, los nuevos recursos propios podrían representar casi la mitad de los ingresos del presupuesto de la UE, mientras que la parte de las contribuciones RNB se reduciría a aproximadamente un tercio (aunque actualmente representa más de tres cuartos). Las contribuciones nacionales de los Estados miembros disminuirán, por consiguiente, proporcionalmente a sus RNB respectivas (es decir, su riqueza relativa). ¿En qué consisten los mecanismos de corrección? En 1984, el Consejo Europeo de Fontainebleau definió los grandes principios rectores encaminados a garantizar la equidad del presupuesto de la UE. Indicó, en particular, que «la política de gastos es, en definitiva, el medio esencial para resolver la cuestión de los desequilibrios presupuestarios». Sin embargo, admitió que «cualquier Estado miembro que registre una carga presupuestaria excesiva en relación con su prosperidad relativa puede beneficiarse, en el momento oportuno, de una corrección». Dichos principios fueron confirmados y aplicados sistemáticamente en las sucesivas decisiones sobre recursos propios. Se han añadido desde entonces diferentes mecanismos de corrección complejos: - una corrección en favor del Reino Unido (cheque británico);
- una reducción de la cuota de Alemania, Países Bajos, Austria y Suecia en la financiación de la corrección británica («descuento sobre el descuento»);
- una cuota del 25% retenida por los Estados miembros para cubrir los gastos de recaudación de los recursos propios tradicionales (en particular, los derechos de aduana), que constituye una corrección oculta en beneficio de un número limitado de Estados miembros;
- una reducción temporal de las contribuciones en concepto de IVA de Alemania, los Países Bajos, Austria y Suecia;
- una reducción temporal de la contribución en concepto de RNB de los Países Bajos y Suecia.
¿Qué ocurrirá en adelante con la corrección británica? La Comisión propone transformar el mecanismo actual en una reducción bruta a tanto alzado de los pagos en concepto de recursos propios basados en la RNB. Un sistema de este tipo sería transparente y fácil de entender, lo que lo haría más permeable al examen público y al control parlamentario; este sistema sería equitativo, porque trataría a los grandes contribuyentes al presupuesto de la UE en función de su prosperidad económica, garantizando al mismo tiempo el equilibrio de la financiación de las correcciones; por su carácter previsible, evitará cualquier contribución a unos efectos negativos. El análisis en el que se basa esta propuesta es el siguiente. En el momento de su introducción, en 1984, la corrección británica constituía una respuesta a una situación claramente desigual: el Reino Unido estaba sujeto a una carga presupuestaria excesiva en relación con su prosperidad relativa. Sin embargo, esta situación ha evolucionado desde entonces. El Reino Unido se ha convertido en uno de los Estados miembros más ricos de la UE, y está en condiciones de contribuir plenamente al esfuerzo de solidaridad con los Estados miembros más desfavorecidos. Asimismo, la carga presupuestaria del Reino Unido se corresponde ahora más con otros contribuyentes netos, debido a la reducción progresiva de la parte correspondiente a la PAC en los gastos presupuestarios de la UE, que debería seguir disminuyendo en el próximo Marco Financiero, y de la parte del recurso IVA en los recursos propios de la UE, que la Comisión propone suprimir completamente después de 2013. Por otra parte, con la supresión del actual recurso propio IVA, no estarán ya disponibles datos esenciales para el cálculo de la corrección. Más información: Reforma del presupuesto de la Unión Europea Fuente: Servicio de prensa de la Comisión Europea |