miércoles, 19 de enero de 2011

ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

Un jubilado alemán diabético se lleva unas cuantas recetas a un viaje por Italia, pero… ¿se las aceptarán allí en las farmacias? Una abuela polaca querría operarse de cadera en el país en que residen y trabajan sus nietos, pero… ¿cómo puede organizarlo todo desde Polonia? Un portugués se quiere operar de cataratas en España. ¿Le reembolsarán los costes? Estos pocos ejemplos dejan patente que los pacientes necesitan que estén claros los derechos y la normativa en materia de asistencia sanitaria transfronteriza.
Una normativa de la UE recientemente adoptada clarifica los derechos de los pacientes a acceder a tratamientos transfronterizos seguros y de calidad, y a que les sean reembolsados. Los pacientes que se desplacen a otro Estado miembro de la UE en busca de tratamiento recibirán el mismo trato que los ciudadanos del país que los acoja. Esta nueva normativa también beneficiará a estos pacientes de otras maneras. Será más fácil para las autoridades sanitarias nacionales colaborar de modo más estrecho e intercambiar información sobre estándares sanitarios en materia de calidad y de seguridad. Será de ayuda para los pacientes que requieran atención especializada, como, por ejemplo, diagnóstico o tratamiento de una enfermedad rara. La normativa apoya la creación de «redes europeas de referencia» en las que participarán, con carácter voluntario, centros altamente especializados ya reconocidos en Europa. Expertos sanitarios de toda Europa podrán poner en común las mejores prácticas y establecer elevados niveles de calidad.


Fuente: Representación de la Comisión Europea en España

No hay comentarios:

Publicar un comentario