La tarjeta sanitaria europea garantiza la asistencia médica en cualquiera de los 27 Estados miembros de la Unión Europea y también en los países no UE del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y también en Suiza en las mismas condiciones que los nacionales del país en cuestión.
Este documento es personal y cada persona debe llevar el suyo. Para obtenerlo sólo hay que estar asegurado o cubierto por cualquier sistema de seguridad estatal de los 31 países firmantes del acuerdo.
La Tarjeta acredita el derecho a recibir las prestaciones sanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista médico, durante su estancia temporal por motivos de trabajo, estudios, turismo, en alguno de estos países teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración de la estancia, de acuerdo con la legislación del país de estancia. Si tiene que recibir atención médica en un país que cobra por esta atención, el importe se le reembolsará ya sea inmediatamente o después de que haya vuelto a su propio país
Hay que recordar que la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico.
Hay que recordar que la Tarjeta Sanitaria Europea no es válida cuando el desplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento médico.
En el Diario Oficial de la Unión Europea se han publicado recientemente dos Decisiones que atañen al funcionamiento y características técnicas de la Tarjeta
Para más información puede visitar el sitio web de la Comisión Europea dedicado a la Tarjeta Sanitaria Europea
En España, la validez de la tarjeta es de un año y es el Instituto Nacional de la Seguridad Social quien las emite, personándose en cualquiera de las Oficinas de Atención e Información de la Seguridad Social (pinchar aquí para ver las de Extremadura), mediante firma electrónica, se puede obtener un certificado equivalente a través de su página web con una duración de tres meses.
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