viernes, 10 de junio de 2011

JUSTICIA

Un hombre de 22 años se trasladó a otro país para presenciar un partido de fútbol. Al acabar este, se fue a un bar con unos amigos. Estalló una revuelta y lo detuvieron. La policía lo interrogó durante varias horas sin que estuviera presente un abogado. La Comisión Europea ha propuesto que a todos los sospechosos – en cualquier lugar de la Unión Europea donde se encuentren - se les garantice el derecho a hablar con un abogado desde el momento en que los detenga la policía hasta el final del proceso. Con esta medida, los sospechosos podrían también hablar con un miembro de su familia o con su empresa para informarlos de su detención. Si estuvieran fuera de su país, tendrían derecho a ponerse en contacto con su consulado. El derecho de acceso a un abogado es esencial para crear confianza en el espacio único de justicia de la UE, especialmente si los sospechosos son detenidos en ejecución de una orden de detención europea. El derecho hoy propuesto de acceso a un abogado es la tercera Directiva de una serie de propuestas que garantizan derechos mínimos a un juicio imparcial en cualquier punto de la Unión Europea. Las otras propuestas son el derecho a traducción e interpretación y el derecho de información en procesos penales. Con estas medidas se pretende establecer derechos claros en toda la UE y garantizar el derecho fundamental de las personas a un juez imparcial y el derecho a la defensa. Las propuestas deberán ser aprobadas por el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros antes de convertirse en actos legislativos.
Cada año se celebran en la Unión Europea más de ocho millones de procesos penales. El derecho a la defensa se considera en todas partes elemento básico de un juicio imparcial. Pero las condiciones en las que los sospechosos pueden consultar a un abogado difieren de un Estado miembro a otro. Así, por ejemplo, una persona acusada de un delito puede no conseguir ver a un abogado durante el interrogatorio policial. Las pruebas obtenidas sin presencia de un abogado tienen consideración distinta de un país a otro. Y las personas buscadas en virtud de una orden de detención europea pueden no tener acceso a un abogado en el país donde se expidió la orden hasta su entrega a dicho país.
Divergencias similares se dan en lo que toca al derecho de los sospechosos a informar de su detención a un familiar o a su empresa. Tal derecho puede no ser automático o disfrutarse en una fase tardía del proceso y al detenido puede no informársele de que se ha contactado a su familia.
La propuesta de la Comisión garantizaría la aplicación efectiva de dichos derechos:
•ofreciendo asistencia letrada desde la primera fase del interrogatorio policial y a lo largo de todo el proceso penal;
•posibilitando encuentros adecuados y confidenciales con el abogado para que el sospechoso ejerza efectivamente su derechos a la defensa;
•permitiendo al abogado desempeñar un papel activo durante los interrogatorios y comprobar las condiciones de detención;
•permitiendo que el sospechoso se comunique con al menos un miembro de su familia o de su empresa para informarlos de su situación de detención;
•permitiendo que los sospechosos se pongan en contacto en el extranjero con el consulado o la embajada de su país y que reciban visitas;
•ofreciendo a las personas objeto de una orden de detención europea la posibilidad de asesoramiento jurídico, tanto en el país donde se lleve a cabo la detención como en aquel donde se haya expedido la orden.

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